La Regularización Anual de Cuotas de Autónomos: Qué es y Cuándo se Hace
Cada año, la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) y la Agencia Tributaria (AEAT) cruzan sus bases de datos para comprobar si la cuota que pagaste mes a mes coincide con tus ingresos reales definitivos declarados en el IRPF.
1. El Mecanismo de Cruce Telemático AEAT - TGSS
Tras finalizar la campaña de la Renta (habitualmente a finales de junio o julio), la Agencia Tributaria remite a la Seguridad Social los rendimientos netos definitivos de todos los trabajadores por cuenta propia. Con esa información, la TGSS recalcula el tramo exacto que le correspondía a cada profesional durante el año fiscal previo.
2. Escenario A: Has Cotizado de Más (Devolución de Oficio)
Si tus ingresos reales resultaron ser inferiores a las bases por las que cotizaste, la Seguridad Social te devolverá el exceso de cuotas de forma automática y de oficio, directamente en tu cuenta bancaria y sin necesidad de presentar ninguna solicitud ni reclamación, antes del 31 de mayo del ejercicio posterior al cruce.
3. Escenario B: Has Cotizado de Menos (Plazo de Ingreso)
Si facturaste más de lo previsto y tu cuota mensual se quedó corta, la TGSS te notificará telemáticamente el importe adeudado. Dispondrás de plazo hasta el último día del mes siguiente a la notificación para ingresar la diferencia en un pago único sin recargo ni intereses de demora.
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