¿Cuánto vas a pagar de autónomo en 2026?
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⚠️ Estimación orientativa. Los cálculos aplican la reducción del 5% por gastos genéricos y el 20% de pago fraccionado IRPF. No constituye asesoramiento vinculante.
Cómo funciona el sistema de cotización por ingresos reales en 2026
Desde la entrada en vigor del Real Decreto-ley 13/2022, el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social española sustituyó el antiguo modelo de libre elección de base por un sistema de cotización en función de los rendimientos netos reales obtenidos en el ejercicio de la actividad profesional.
Durante el año 2026, el tipo de cotización global aplicable sobre la base elegida se sitúa en el 31,5%, que engloba contingencias comunes (28,30%), contingencias profesionales (1,30%), cese de actividad (0,90%), formación profesional (0,10%) y el Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI), que alcanza el 0,90% en 2026.
Clave: La cuota que pagas cada mes tiene carácter provisional. Al finalizar el año fiscal, la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) y la Seguridad Social cruzan tus declaraciones para calcular la cuota definitiva.
Tabla oficial de 15 tramos para 2026
El sistema divide la cotización en una tabla reducida (tramos 1 al 3, pensados para quienes ingresan menos del Salario Mínimo Interprofesional) y una tabla general (tramos 4 al 15). En cada tramo, puedes moverte libremente entre la base mínima y la base máxima asignada.
| Tramo | Rendimiento Neto Mensual | Base Mínima | Cuota Mínima (31,5%) | Cuota Máxima |
|---|---|---|---|---|
| Tramo 1 (Reducido) | ≤ 670,00 € | 653,59 € | 205,88 € | 211,05 € |
| Tramo 2 (Reducido) | > 670,00 € a 900,00 € | 718,95 € | 226,47 € | 283,50 € |
| Tramo 3 (Reducido) | > 900,00 € a 1.166,70 € | 898,69 € | 283,09 € | 367,51 € |
| Tramo 4 (General) | > 1.166,70 € a 1.300,00 € | 950,98 € | 299,56 € | 409,50 € |
| Tramo 5 (General) | > 1.300,00 € a 1.500,00 € | 960,78 € | 302,65 € | 472,50 € |
| Tramo 6 (General) | > 1.500,00 € a 1.700,00 € | 960,78 € | 302,65 € | 535,50 € |
| Tramo 7 (General) | > 1.700,00 € a 1.850,00 € | 1.143,79 € | 360,29 € | 582,75 € |
| Tramo 8 (General) | > 1.850,00 € a 2.030,00 € | 1.209,15 € | 380,88 € | 639,45 € |
| Tramo 9 (General) | > 2.030,00 € a 2.330,00 € | 1.274,51 € | 401,47 € | 733,95 € |
| Tramo 10 (General) | > 2.330,00 € a 2.760,00 € | 1.356,21 € | 427,21 € | 869,40 € |
| Tramo 11 (General) | > 2.760,00 € a 3.190,00 € | 1.437,91 € | 452,94 € | 1.004,85 € |
| Tramo 12 (General) | > 3.190,00 € a 3.620,00 € | 1.519,61 € | 478,68 € | 1.140,30 € |
| Tramo 13 (General) | > 3.620,00 € a 4.050,00 € | 1.601,31 € | 504,41 € | 1.275,75 € |
| Tramo 14 (General) | > 4.050,00 € a 6.000,00 € | 1.732,03 € | 545,59 € | 1.486,96 € |
| Tramo 15 (General) | > 6.000,00 € | 1.928,10 € | 607,35 € | 1.606,88 € |
Cálculo del Rendimiento Neto y Gastos de Difícil Justificación
Para determinar en qué tramo debes encuadrarte, la norma establece una fórmula precisa que la Seguridad Social aplica automáticamente:
- Ingresos computables: La totalidad de los ingresos íntegros derivados de tu actividad económica o profesional durante el año natural (excluido el IVA repercutido).
- Gastos deducibles fiscalmente: Todos los gastos necesarios para la obtención de los ingresos (alquileres, suministros, consumibles, herramientas, sueldos de empleados, etc.), según la normativa del IRPF.
- Deducción por gastos genéricos: Sobre el resultado neto previo, se aplica una deducción porcentual adicional:
- 7% para autónomos individuales (personas físicas en estimación directa simplificada).
- 3% para autónomos societarios o que hayan tenido contratados trabajadores.
El resultado obtenido se divide entre el número de días naturales en alta y se mensualiza para ubicar tu tramo correspondiente en la tabla.
La Tarifa Plana en 2026: Requisitos y Duración
Los nuevos autónomos que causen alta inicial o que no hayan estado en situación de alta en los dos años inmediatamente anteriores (tres si disfrutaron previamente de bonificación) pueden acogerse a la cuota reducida de 88,64 € mensuales durante los primeros 12 meses naturales.
Al finalizar el primer año, es posible prorrogar la tarifa plana durante otros 12 meses adicionales únicamente si tus rendimientos netos anuales previstos se mantienen por debajo del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) vigente. En caso contrario, pasarás a cotizar automáticamente según tu tramo de ingresos reales.
El Pago Fraccionado del IRPF: Modelo 130
Además de la cuota a la Seguridad Social, los autónomos en régimen de estimación directa que no tengan el 70% de sus ingresos sujetos a retención en factura deben presentar trimestralmente el Modelo 130.
Este modelo supone un pago a cuenta del 20% del rendimiento neto acumulado del trimestre (Ingresos menos Gastos, deduciendo las cuotas de autónomo pagadas en ese periodo). Este adelanto se regulariza posteriormente en la Declaración de la Renta anual (IRPF).
Cómo funciona la regularización anual obligatoria
Durante el otoño de cada año siguiente al ejercicio liquidado, la Tesorería General de la Seguridad Social realiza el cruce telemático con la Agencia Tributaria:
- Si tus ingresos fueron superiores a la base por la que cotizaste: La TGSS te notificará la diferencia a ingresar en un plazo determinado sin intereses ni recargo.
- Si tus ingresos fueron inferiores al tramo abonado: La TGSS procederá a la devolución de oficio de las cantidades cobradas en exceso antes del 31 de mayo del año de regularización.
Preguntas Frecuentes
Resolvemos las dudas más habituales sobre cuotas, tramos y fiscalidad de autónomos en 2026.
Para 2026, la cuota reducida de inicio de actividad se sitúa en 88,64 € mensuales durante los primeros 12 meses de actividad. Esta tarifa incluye la cobertura básica por contingencias comunes y profesionales, quedando exenta de cotizar por cese de actividad y formación continua.
Sí, la Seguridad Social permite cambiar tu base de cotización hasta 6 veces al año (cada dos meses) a través del portal telemático Import@ss. Esto te permite ajustar tu cuota si tus ingresos suben o bajan para evitar grandes desajustes en la regularización anual.
Totalmente. El importe total pagado a la Seguridad Social en concepto de cuota de autónomo se considera gasto de la actividad 100% deducible tanto en los pagos fraccionados trimestrales (Modelo 130) como en la Declaración de la Renta anual (Modelo 100).
El tramo no se evalúa mes a mes de forma aislada, sino sobre el promedio anual de tus rendimientos netos. Si tienes meses con picos de facturación y meses más bajos, puedes mantener una cuota media o ir ajustándola en las ventanas bimestrales que habilita la TGSS.
Si la cuota es devuelta por el banco o se abona fuera del plazo voluntario (último día hábil del mes), la Seguridad Social aplica un recargo automático del 10% si se abona en el mes natural siguiente, o del 20% más intereses de demora si se supera ese plazo. Además, si disfrutabas de tarifa plana, perderás la bonificación para esa mensualidad.
El MEI es una cotización finalista destinada a rellenar el fondo de reserva de las pensiones. En 2026, el tipo aplicable del MEI es del 0,90% sobre la base de cotización elegida, lo que eleva el tipo total efectivo de cotización del autónomo al 31,5%.
Los autónomos societarios (administradores o socios con control efectivo de una sociedad mercantil) tienen una deducción genérica del 3% en lugar del 7% y cuentan con una base mínima de cotización fijada conforme al grupo 7 del Régimen General, lo que incrementa ligeramente su cuota mínima con respecto al autónomo individual.
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Aviso de exención de responsabilidad: Esta calculadora es una herramienta digital de acceso libre y carácter exclusivamente informativo y didáctico. Los resultados son estimaciones basadas en la legislación general de Seguridad Social e IRPF y no constituyen en ningún caso asesoramiento fiscal, legal o contable vinculante. Para decisiones tributarias individualizadas, te recomendamos consultar siempre a un gestor o asesor fiscal colegiado.