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Fiscalidad & IRPF Lectura: 5 min • 13/10/2026

Retenciones de IRPF en Facturas de Autónomos: ¿Cuándo Aplicar el 7% o el 15%?

Si estás dado de alta en una actividad profesional en el IAE y emites facturas a empresas o a otros autónomos en España, debes incluir una retención de IRPF que tu cliente ingresará directamente a Hacienda en tu nombre.

1. El Tipo General del 15% de Retención

El porcentaje estándar aplicable a las facturas profesionales es del 15% calculado sobre la base imponible de los servicios prestados. Este importe se descuenta del total a cobrar y actúa como un anticipo a cuenta de tu declaración anual de la Renta.

2. El Tipo Reducido del 7% para Nuevos Autónomos

Durante el año de inicio de actividad y los dos ejercicios fiscales siguientes, los nuevos profesionales pueden aplicar un tipo superreducido del 7%. Para aplicarlo legalmente, debes comunicar formalmente por escrito a tu cliente que te encuentras en tu periodo inicial de actividad.

3. ¿Cuándo NO se Incluye Retención en Factura?

No debes incluir retención en los siguientes casos:

  • Cuando factures a clientes particulares (consumidor final).
  • Cuando factures a clientes radicados en el extranjero (UE o extracomunitarios).
  • Cuando tu actividad esté clasificada en una sección puramente empresarial (comercio, hostelería, construcción) y no profesional.

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